El
Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) emitió este lunes 19 de octubre del
2020, el reglamento para la producción, comercialización y exportación del
cannabis no psicoactivo y cáñamo industrial en Ecuador. Según el Ministerio, la
norma tiene un enfoque de desarrollo que estimulará la inversión.
La autoridad agropecuaria, como entidad competente, emitirá siete tipos de
licencias.
El subsecretario de Producción Agrícola, Andrés Luque, indicó que la primera
servirá para la importación y venta de semillas; la segunda para la producción
y venta de semillas y esquejes; la tercera para producción de cannabis no
psicoactivo y cáñamo industrial; la cuarta para producción de cáñamo
industrial; la quinta para fitomejoramiento y bancos de germoplasma; la sexta para
producción y procesamiento de derivados, y la séptima para comercialización y
exportación.
Sin embargo, la autoridad señaló que la licencia tres permite la participación
en toda la cadena. “Se puede exportar y también producir semillas sin un
permiso adicional, siempre que se cumpla con los requisitos”, apuntó.
Entre la documentación que deberán presentar los productores o
comercializadores está: un certificado de antecedentes penales, tanto del
representante legal, como de directores, socios, accionistas o miembros con una
participación mayor al 6% del capital de la compañía. “Estas son medidas
necesarias para que demostrar que estamos siendo serios en esta nueva
industria”, señaló Luque.
De acuerdo a lo establecido por el MAG, desde ahora, y por un plazo de 5 años,
las licencias se otorgarán para una producción en lotes de mínimo dos
hectáreas, lo que busca estimular la reinversión y evitar la apertura de
empresas de forma especulativa. “Una vez confirmado que existe un mercado
insatisfecho a nivel local, regional o mundial, podremos emitir licencias para
áreas menores”, explicó.
Se estima que la emisión de los permisos no demore más de dos meses a partir de
la solicitud; no obstante, Luque recomendó a los interesados en este cultivo
informarse sobre el mercado, los requisitos de los países de destino, en caso
de exportación, y que conozcan sobre las normas de los productos terminados a
través de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria
(ARCSA).
El 24 de diciembre pasado, la Asamblea Nacional despenalizó el cannabis no
psicoactivo con menos de 1% de THC, lo que abrió dos líneas de cultivo: el
cáñamo no psicoactivo y el cáñamo industrial, así como su aprovechamiento en el
ámbito medicinal, en el tratamiento de enfermedades neurodegenerativas, así
como en el uso industrial en fibras y otros productos.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario